Revista de
Derecho. Año XXIII (Julio 2024), Nº 45, pp. 53-67 https://doi.org/10.47274/DERUM/45.4
ISSN: 1510-5172 (papel)
- 2301-1610 (en línea)
Universidad de
Montevideo, Uruguay - Este es un artículo de acceso abierto distribuido bajo
los términos de una licencia de uso y distribución CC BY-NC 4.0. Para ver una
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DOCTRINA 3
Isnel
Martínez Montenegro
Universidad
Católica de Temuco y de la Universidad de las Américas (Chile)
Orcid
iD: https://orcid.org/0000-0003-0322-1071
Recibido: 14/4/2024
Aceptado: 29/05/2024
Para citar este
artículo / To reference this article / Para citar este
artigo:
Martínez
Montenegro, I. (2024). Avances y desafíos del principio de responsabilidad
social corporativa en las Cooperativas Chilenas: perspectivas y experiencias. Revista
de Derecho, 23(45), 53-67. https://doi.org/10.47274/DERUM/45.4
Avances y desafíos del principio de
responsabilidad social corporativa en las Cooperativas Chilenas: perspectivas y
experiencias.
Resumen: En este artículo se analizan los avances y desafíos del
principio de responsabilidad social corporativa (RSC) en las cooperativas
chilenas, con el objetivo de realizar un análisis comparativo con la
experiencia española. La metodología jurídica que orientó el estudio fue
análisis jurídico-comparativos, histórico-lógicos y de análisis de contenido.
Se llega a la conclusión de que en España la responsabilidad social está
positivizada y respaldada por consideraciones constitucionales, lo que ha
permitido un sólido desarrollo legislativo y una estructura estatal, que en
Chile, el movimiento cooperativo ha experimentado con altibajos, aunque se
observan avances legislativos en materia laboral y ambiental y la existencia
del Consejo de Responsabilidad Social para el Desarrollo Sostenible es de vital
importancia promover la responsabilidad social en las empresas y en especial en
el sector cooperativo, aunque aún falta
un mayor impulso estatal y una legislación más sólida en materia de
cooperativismo con una visión que apunte a potenciar la responsabilidad social corporativa.
Palabras
claves: Responsabilidad social corporativa,
Cooperativas, Desarrollo social.
Progress and challenges
of the corporate social responsibility principle in Chilean Cooperatives:
perspectives and experiences.
Abstract: This article analyzes the progress and challenges of
the corporate social responsibility (CSR) principle in Chilean cooperatives,
with the aim of conducting a comparative analysis with the Spanish experience.
The legal methodology used for the study was comparative legal analysis,
historical-logical analysis, and content analysis. It is concluded that in
Spain, social responsibility is enshrined in law and supported by
constitutional considerations, which has allowed for solid legislative
development and a state structure. In Chile, the cooperative movement has
experienced ups and downs, although there have been legislative advances in
labor and environmental matters. The existence of the Social Responsibility
Council for Sustainable Development is of vital importance to promote social
responsibility in companies, especially in the cooperative sector. However,
there is still a need for greater state impetus and more solid legislation on
cooperatives with a vision aimed at promoting corporate social responsibility.
Key words: Corporate social responsibility, Cooperatives, Social
development.
Avanços e desafios do
princípio de responsabilidade social corporativa nas Cooperativas Chilenas: perspectivas
e experiências.
Resumo: Neste
artigo, são analisados os avanços e desafios do princípio da responsabilidade
social corporativa (RSC) nas cooperativas chilenas, com o objetivo de realizar
uma análise comparativa com a experiência espanhola. A metodologia jurídica que
orientou o estudo foi a análise jurídico-comparativa, histórico-lógica e de
análise de conteúdo. Chega-se à conclusão de que na Espanha a responsabilidade
social está positivada e amparada por considerações constitucionais, o que
permitiu um sólido desenvolvimento legislativo e uma estrutura estatal. No
Chile, o movimento cooperativo tem experimentado altos e baixos, ainda que se
observem avanços legislativos em matéria trabalhista e ambiental e a existência
do Conselho de Responsabilidade Social para o Desenvolvimento Sustentável seja
de vital importância para promover a responsabilidade social nas empresas e,
especialmente, no setor cooperativo, embora ainda falte um maior impulso
estatal e uma legislação mais sólida em matéria de cooperativismo com uma visão
que aponte para reforçar a responsabilidade social corporativa.
Palavras-chave: Responsabilidade social
corporativa, Cooperativas, Desenvolvimento social.
1.
Introducción
El
principio de responsabilidad social corporativa implica la prevención, gestión
y mitigación de los impactos negativos, incluso dentro de la cadena de
suministro global (Ramírez, Alemán, Herrera y
Antequera, 2022, p. 96). Las autoridades públicas, incluida la Unión Europea,
desempeñan un papel crucial al respaldar y alentar a las empresas a operar de
manera responsable (Correa, 2007, p.89). En las
últimas décadas se han implementado acciones tanto voluntarias como
obligatorias para promover la responsabilidad social corporativa, como la
adopción de los principios rectores de las Naciones Unidas sobre distintas
tipologías empresariales y la implementación de la agenda 2030 para el
desarrollo sostenible (Naciones Unidas, 2011).
La
Comisión Europea define la responsabilidad social corporativa como la
responsabilidad de las empresas por su impacto en la sociedad, lo que implica
integrar preocupaciones sociales, ambientales, éticas, de consumo y hasta de la
protección de los derechos humanos en su estrategia y operaciones comerciales
(Barroso, 2008, p.79). La estrategia europea renovada para la responsabilidad
social corporativa del año 2011 combina enfoques horizontales y específicos
para sectores y áreas políticas determinadas. Además, en marzo de 2019, la
Comisión publicó un documento detallando el progreso en la implementación de la
responsabilidad social corporativa, los principios aplicables para las empresas
y los estándares de derechos humanos relacionados (Comisión Europea, 2019).
El
gobierno de Chile ha dado un paso significativo en el fortalecimiento del
sector cooperativo al crear el Instituto Nacional de Asociatividad y
Cooperativismo (Resolución Raex202300136, 2023), lo que representa un hito
importante para respaldar y fomentar el cooperativismo en el país. Este
instituto tiene como objetivo principal atender las necesidades de las
cooperativas, especialmente aquellas ubicadas en regiones, que representan el
78% del total y que hasta ahora no han recibido un impulso significativo debido
a la falta de interés público y apoyo institucional para su desarrollo (Ministerio
De Economía, Turismo y Fomento, 2023).
Aunque el
impulso al cooperativismo mediante la creación del Instituto Nacional de
Asociatividad y Cooperativismo es significativo para el respaldo y fomento de
este sector en el país; se debe destacar que este impulso debe estar acompañado
del principio de responsabilidad social. Hasta la fecha no se ha demostrado un
compromiso integral con el desarrollo económico y social del país, por no
existir previamente una estrategia que integre el sector cooperativo con las
manifestaciones de responsabilidad hacia su entorno. De ahí que, una de las
misiones del Instituto será promover el cooperativismo en los ámbitos público y
privado, fortaleciendo el sector mediante la coordinación entre instituciones,
asesoramiento técnico y creación de herramientas de apoyo. Este enfoque
adaptado a las necesidades territoriales específicas de las cooperativas
especialmente fuera de la Región Metropolitana, representa un avance importante
para Chile al reconocer al cooperativismo como un modelo económico generador de
empleo, valor y democracia económica.
El
principio de responsabilidad social corporativa en el contexto de las
cooperativas constituye un tema de relevancia creciente en la agenda
empresarial y social de Chile. En un entorno económico globalizado y cambiante
(Schäfer,
2023), donde las prácticas empresariales son cada vez más
escrutadas por su impacto social y ambiental, las cooperativas emergen como
actores claves en la búsqueda de soluciones sostenibles y equitativas (Antúnez,
2023).
Chile,
con su diversidad económica y social, enfrenta desafíos particulares en la
integración de la responsabilidad social en el ámbito cooperativo. Desde la
perspectiva de la Comisión para el Mercado Financiero chileno, se identifican
tres áreas sectoriales donde las cooperativas tienen mayor preponderancia:
socios productores, trabajadores y consumidores (Comisión para el Mercado
Financiero, 2024). Estas áreas abarcan una amplia gama de actividades
económicas y sociales, desde la producción agrícola hasta la prestación de
servicios de consumo (Vallaeys, 2020, p. 316).
El
contexto chileno presenta una serie de particularidades que influyen en la
implementación efectiva de la responsabilidad social en las cooperativas. La
falta de un marco legal claro y de un trabajo intersectorial coordinado
representan obstáculos significativos para el desarrollo sostenible de estas
organizaciones en el país. Las diferencias de tratamiento legislativo no solo
plantean desafíos teóricos, sino que también obstaculizan el desarrollo del
movimiento cooperativo (Sacristán, 2020, p.243).
Aunque, a
pesar de los desafíos, las cooperativas en Chile han demostrado su capacidad
para contribuir al desarrollo económico y social, particularmente en las zonas
rurales. Su modelo de propiedad conjunta y gestión democrática las posiciona
como vehículos de cambio y progreso en comunidades menos favorecidas (Croley, 2023).
Desde la ciencia, autores como Ribeiro y Sampaio (2023) han analizado las
experiencias de la responsabilidad social en la institucionalidad cooperativa
chilena. Por otro lado, Navarro, Rubio, Lavado, Minnicelli
y Acuña (2017) han demostrado que este principio ha descansado históricamente
en condiciones vinculadas a la voluntariedad de dichos entes y en el desarrollo
de experiencias desde el ámbito educativo. En este contexto, esta investigación
tiene como objetivo realizar un análisis comparativo con la experiencia
española basada en el principio de responsabilidad social en el ámbito
cooperativo.
La
investigación se sustenta en una metodología jurídica que incluye análisis
jurídico-comparativos, histórico-lógicos y de análisis de contenido. A través
de este enfoque, se busca identificar las mejores prácticas que puedan
contribuir a la homogeneidad y al fortalecimiento del principio de
responsabilidad social en cada una de las formas de las cooperativas chilenas, con miras a su
desarrollo sostenible y al cumplimiento de sus fines sociales y económicos.
2.
Desarrollo
2.1
El Cooperativismo y el principio de Responsabilidad Social: Un Análisis
Comparativo desde la Perspectiva del derecho español.
El
problema de acceso limitado a financiación más allá del crédito bancario afecta
a las empresas sociales, incluyendo las cooperativas. Sin embargo, en Europa
está surgiendo un mercado de inversores que buscan objetivos sociales además de
rentabilidad financiera. El Reglamento (UE) 346/2013 sobre los fondos de
emprendimiento social europeos estableció un marco jurídico común en la Unión
Europea (Reglamento 346, 2013).
En este
artículo se analizará la
configuración de estos fondos y su capacidad para incentivar la inversión en
cooperativas. Se considera a los fondos de emprendimiento social europeos, como
una nueva forma de inversión colectiva destinada a empresas de la economía
social, son una vía interesante para financiar cooperativas necesitadas de
herramientas de capital en un mercado globalizado. Aunque algunos puedan ver
estos fondos como una mercantilización de las cooperativas, representan una
herramienta atractiva que destaca los principios característicos de las
cooperativas y no de las sociedades de capital. Por lo tanto, estos fondos son
considerados una herramienta valiosa para las cooperativas sin comprometer su
papel en la economía social (Altzelai, 2021).
El
cooperativismo ha sido fundamental para el crecimiento y progreso de zonas
rurales y aisladas, es un movimiento colaborativo y solidario con un impacto
significativo en las comunidades donde se establece. En España se ofrecen ejemplos
destacados de los efectos positivos del cooperativismo, tanto en el ámbito
socioeconómico como en el histórico-cultural.
El
principio de Responsabilidad Social Empresarial se encuentra estrechamente
vinculado al cooperativismo, ya que ambos comparten sinergias en diversas
áreas, incluyendo la normativa y la práctica. En este sentido, los agentes
económicos deben cumplir con ciertas responsabilidades sociales, como la
promoción de la igualdad, la inclusión social y el desarrollo sostenible,
aspectos que son especialmente relevantes para el cooperativismo.
El
cooperativismo se destaca por su compromiso socialmente responsable, es parte
integrante de la Economía Social. Se reconoce la existencia de un tercer sector
económico, que actúa como un agente intermedio entre el sector privado con
fines de lucro y el sector público.
En
España, la Economía Social se define como aquellas empresas privadas que operan
en el mercado produciendo bienes y servicios, con una distribución del
beneficio y toma de decisiones que no están ligadas directamente al capital
aportado por cada socio. La Economía Social se caracteriza por la participación
democrática de todos los socios, independientemente de su aporte económico
(Flores y Medina, 2018, p. 109). Estas consideraciones delinean el papel y la
relevancia de la Economía Social, donde los miembros actúan de manera
colaborativa y democrática para satisfacer sus necesidades comunes, se
establecen así los principios asociativos de la organización (Llanez y Sacristán, 2021, p. 261).
En el
caso de España, el principio de responsabilidad social encuentra respaldo en
una serie de fuentes normativas que abordan diversos aspectos relacionados con
el ámbito laboral, ambiental, de derechos humanos y de contenido social. Estas
normativas ofrecen un marco institucional diverso que contribuye a comprender
el panorama particular de la responsabilidad social en el país (Ramírez, Alemán, Herrera y Antequera, 2022, p. 98).
En primer
lugar, la Constitución de España (Constitución Española, 1978) establece la
relación entre la economía y el interés general, lo que sirve como elemento de
conexión en la responsabilidad social. Esta conexión refleja la importancia de
que la actividad económica esté alineada con los objetivos de bienestar social
y desarrollo sostenible.
Lo
anterior queda respaldado en la exposición de los motivos de la Ley de
Cooperativas española (Ley 27, 199) al exponer que en apartado 2 de su artículo
129 la Constitución Española, insta a los poderes públicos a promover las
sociedades cooperativas mediante legislación adecuada. Esto impulsa al
legislador a considerar la necesidad de canalizar las iniciativas colectivas
que generan riqueza y empleo estable.
El
fomento del cooperativismo facilita la integración económica y laboral en el
mercado, conciliando los requisitos de rentabilidad y competitividad con los
valores arraigados en las cooperativas. Se argumenta que estas pueden
armonizarse con las demandas del mercado para evitar un divorcio entre la
realidad y la ley lo que refuerza el respaldo al principio de responsabilidad
social. El objetivo de una nueva ley sería garantizar que los valores
históricos del cooperativismo se ajusten adecuadamente a la búsqueda de
rentabilidad y éxito empresarial de los socios. Además, esta ley permite la creación de
cooperativas de iniciativa social, las cuales tienen un impacto significativo
en áreas como la salud, la educación y la inclusión, aspectos que son
fundamentales para la responsabilidad social de las cooperativas.
En este
sentido la Ley de Economía Sostenible española (Ley 2, 2011) contribuye al
desarrollo sostenible al integrar aspectos relacionados con el medio ambiente y
la declaración expresa del principio de responsabilidad social en el capítulo
VI con todo el desarrollo en que se realiza en los 4 apartados del capítulo 39.
Esta Ley refleja el compromiso del gobierno español con la promoción de prácticas
empresariales sostenibles y socialmente responsables.
El citado
precepto 39 aborda la promoción de la responsabilidad social de las empresas,
destacando acciones específicas para incentivar su incorporación y desarrollo.
Se establece que las Administraciones Públicas deben promover la
responsabilidad social difundiendo conocimientos y mejores prácticas, así como
estimulando el estudio de sus efectos en la competitividad empresarial. El
Gobierno va a desarrollar una metodología integral que permita a las empresas
autoevaluar y mejorar su responsabilidad social, tomando como referencia las
mejores prácticas y estándares internacionales en la materia. Se detallan los
objetivos que deben abordar estas políticas, como transparencia en la gestión,
buen gobierno corporativo, respeto a los derechos humanos, igualdad de género,
accesibilidad universal, entre otros, según las recomendaciones del Consejo
Estatal de la Responsabilidad Social Empresarial (Ley 2, 2011).
En este
contexto, la legislación establece que las Administraciones Públicas deben
promover la responsabilidad social, difundiendo su conocimiento y las mejores
prácticas existentes. Grosso modo, el Gobierno de España tiene la
responsabilidad de desarrollar y poner a disposición de las empresas y organizaciones
elementos que
les permitan definir la estructura y funcionamiento de una herramienta de
autoevaluación de responsabilidad social, variables mediante las cuales las
organizaciones puedan medir y cuantificar su nivel de responsabilidad social;
así como marcos de referencia que guíen a dichas organizaciones en la
elaboración de informes de sostenibilidad. Todo esto con el objetivo de
proporcionar a los agentes económicos las herramientas necesarias para poder
evaluar su desempeño en responsabilidad social de manera voluntaria y
transparente (Ley 2, 2011).
Estas
características, indicadores, modelos o referencias deben abordar aspectos como
la transparencia en la gestión económica, el buen gobierno corporativo, el
compromiso local y medioambiental, el respeto a los derechos humanos, la mejora
en las relaciones laborales, la promoción de la integración de la mujer, la
igualdad efectiva entre mujeres y hombres, y la igualdad de oportunidades y
accesibilidad universal de las personas con discapacidad. Estos lineamientos se
basan en las recomendaciones del Consejo Estatal de Responsabilidad Social de
las Empresas.
Otras
normativas relevantes es la Ley para la Igualdad Efectiva entre Mujeres y
Hombres, que establece la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito
laboral, y el Real Decreto Legislativo 1, que promueve la inclusión de personas
históricamente excluidas en el mercado laboral (Ley Orgánica 3, 2007). Igualmente,
aborda indirectamente el principio de responsabilidad social al establecer
mandatos para los agentes económicos en el cumplimiento de la igualdad efectiva
entre hombres y mujeres, particularmente en el acceso igualitario al trabajo.
Por ejemplo, la normativa establece el deber para los empleadores de garantizar
la igualdad de trato y oportunidades en el acceso al empleo, la formación, la
promoción profesional y las condiciones laborales en su artículo 5. Para
alcanzar estos objetivos, la legislación requiere a los empleadores la
elaboración y aplicación de planes de igualdad, que sirvan como mecanismo para
materializar el mandato legal y promover la equidad en el entorno laboral.
El Título
VII de dicha normativa se aborda la realización de acciones de responsabilidad
social relacionadas con la igualdad por parte de las empresas, las cuales
pueden ser negociadas con representantes de los trabajadores, organizaciones de
consumidores, asociaciones de defensa de la igualdad u organismos de igualdad.
Específicamente, se regula el uso de estas acciones con propósitos
publicitarios. En este mismo título, en el contexto de la responsabilidad
social corporativa, se promueve activamente la presencia equilibrada de hombres
y mujeres en los consejos de administración de las empresas, estableciendo un
plazo razonable para lograr este equilibrio. El objetivo principal de esta
medida es que la selección de consejeros se base principalmente en el talento y
el desempeño profesional, sin que el género sea un obstáculo en el proceso de
elección para garantizar la imparcialidad.
Igualmente,
el Gobierno español contribuye a la promoción de la responsabilidad social al
establecer políticas públicas de apoyo y la creación de un fondo de
sostenibilidad que respalda la implementación de prácticas socialmente
responsables por parte de los agentes económicos. En resumen, España cuenta con
un marco normativo diverso que respalda y promueve la responsabilidad social en
diferentes ámbitos, lo que refleja el compromiso del país con el desarrollo
sostenible y el bienestar social.
El
tratamiento normativo en España contempla la existencia del Consejo Estatal de
Responsabilidad Social de las Empresas (Real Decreto 144, 2021), un órgano
asesor adscrito al Ministerio de Trabajo y Economía Social. Este consejo tiene
como objetivo principal impulsar y fomentar la responsabilidad social de las
empresas en el país.
Entre sus
funciones se encuentra la búsqueda de homogeneidad en los informes de
responsabilidad social que las empresas hacen públicos. Con la inclusión del
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 en el Consejo Estatal de
Responsabilidad Social de las Empresas mejorará su complementariedad con el Consejo
de Desarrollo Sostenible y contribuirá al diseño y la implementación de
políticas, estrategias y acciones que promuevan la diversidad, la
responsabilidad social y la sostenibilidad.
El
legislador español ha mostrado interés en regular la responsabilidad social
como un fenómeno de interés público que busca soluciones a aspectos
estructurales relacionados con las personas, las empresas y especialmente las
cooperativas como actores económicos. Estos esfuerzos reflejan la necesidad de
incluir estas temáticas en el ordenamiento jurídico y hacer que sean
vinculantes para estos sectores de una manera más integral.
2.2
El principio de Responsabilidad Social en el Tejido Cooperativo Chileno: La
necesidad de un enfoque más integral
En Chile,
el principio de responsabilidad social está en proceso de desarrollo, ya que
las empresas han ido adoptándolo gradualmente a través de los reconocidos Instrumentos
de Responsabilidad Social Empresarial, que inicialmente son incorporados de
manera voluntaria (Navarro, Rubio, Lavado, Minnicelli
y Acuña, 2017, p.66. Sin embargo, existen ciertas normativas que indican su tratamiento
incorporado, pero de una forma poco sistematizada en el ordenamiento jurídico
nacional.
La
historia revela que las prácticas socialmente responsables tienen una larga
tradición en Chile, se remontan a los primeros años de la República (Pimienta,
Cosme y Calderón, 2022). Ejemplos de ello son la creación de la Sociedad
Protectora de la Infancia y la Sociedad de Instrucción Primaria en 1856,
iniciativas lideradas por voluntarios y asociaciones religiosas con el fin de
mejorar la educación y el bienestar social (Benedetti, 2019, p.37.
En el
siglo XX, las empresas comenzaron a participar activamente en asuntos de
responsabilidad social, principalmente a través de donaciones personales de
ejecutivos, accionistas y propietarios a instituciones benéficas y obras
sociales, muchas de ellas vinculadas a la Iglesia Católica u otros movimientos.
Este proceso se ha desarrollado en dos etapas: una marcada por valores
filantrópicos y otra en la que las empresas adoptan un compromiso social
institucionalizado y más amplio (Giniger, 2014, p.
54).
En el
caso del cooperativismo en Chile, la responsabilidad social ha ganado
relevancia, especialmente en cooperativas de ahorro y crédito. Un estudio
reciente indicó que más del 50% de estas cooperativas consideran la responsabilidad
social como un modelo de gestión útil, mientras que el 31% la ven como una
oportunidad. Esto demuestra cómo el principio de responsabilidad social está
emergiendo como una forma de destacar la contribución social de las
cooperativas en Chile (Server y Villalonga, 2007).
La manera
en que se aborda la responsabilidad social no toma en cuenta aspectos
constitucionales que puedan motivar a las empresas o cooperativas a actuar de
manera socialmente responsable. Esto se evidencia en el artículo 19 N° 21, el cual señala que las únicas restricciones a la
actividad económica son la moral, el orden público y la seguridad nacional.
Sin
embargo, existen normativas nacionales que reflejan el alcance de este
principio. En el ámbito laboral, la Ley de Inclusión Laboral establece que las
empresas con más de 100 trabajadores deben contar con al menos el 1% de
personas en situación de discapacidad. Asimismo, el Código Laboral exige a los
empleadores con 20 o más trabajadoras proveer una sala de cuidados para hijos menores
de dos años.
En
materia ambiental, la Ley Marco para la Gestión de Residuos implica que los
agentes económicos productores deben responsabilizarse de sus residuos desde su
generación hasta su eliminación o valorización. Destaca el artículo 48 ter de
la ley 19300, que incentiva políticas de protección ambiental mediante la
entrega de certificados a quienes cumplan criterios de sustentabilidad.
La
creación del Consejo de Responsabilidad Social para el Desarrollo Sostenible
tiene como propósito concilira el desarrollo económico y social con la preservación
del medio ambiente, integrando entidades gubernamentales, privadas y de la
sociedad civil (según el DECRETO 60, 2013). En su artículo 2, se le asignan al
Consejo una serie de funciones para alcanzar sus objetivos:
- Actuar como coordinador entre los distintos
sectores del gobierno, el ámbito privado y la sociedad civil en la elaboración
de políticas públicas concernientes a la Responsabilidad Social para el
Desarrollo Sostenible en Chile.
- Identificar y comunicar al Ministro
de Economía, Fomento y Turismo acerca de políticas, prácticas exitosas e
iniciativas en el ámbito de la Responsabilidad Social, tanto a nivel nacional
como internacional.
- Presentar al Ministro de
Economía, Fomento y Turismo propuestas de medidas y acciones de política
pública relacionadas con la Responsabilidad Social.
Sin
embargo, su capacidad limitada para generar un cambio significativo en la
promoción de la responsabilidad social en Chile es evidente. A pesar de sus
funciones importantes, como la coordinación entre sectores y la presentación de
propuestas al gobierno, su efectividad podría verse comprometida por diversas
razones:
En primer
lugar, la dependencia del Consejo del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo
podría sesgar su enfoque, priorizando políticas que favorezcan el crecimiento
económico en detrimento de otros aspectos como el bienestar social y ambiental.
Esta situación limitaría su capacidad para abordar de manera integral los
desafíos relacionados con la responsabilidad social y el desarrollo sostenible.
Además,
aunque el Consejo está diseñado para actuar como coordinador entre diferentes
sectores, su capacidad para garantizar una colaboración real y una
participación equitativa de todas las partes interesadas puede ser
cuestionable. La falta de una representación equitativa de la sociedad civil y
las comunidades afectadas podría comprometer su legitimidad y efectividad en la
formulación de políticas, especialmente en las zonas rurales donde se
encuentran la mayoría de las cooperativas de Chile.
Por
último, el enfoque del Consejo en la comunicación con el gobierno y la
presentación de propuestas podría no ser suficiente para abordar los problemas
complejos y multifacéticos relacionados con la responsabilidad social y el
desarrollo sostenible. Podría ser necesario un enfoque más holístico y
orientado hacia la acción que involucre la implementación y evaluación efectiva
de políticas y medidas concretas en el terreno
Por otra
parte, la legislación chilena de cooperativa es limitada y no aborda
adecuadamente la responsabilidad social. Es necesario instaurar una normativa
que promueva la positivización de este principio y que incluya formas
asociativas especiales para grupos históricamente excluidos, como personas con
discapacidad, por ejemplo.
La
relación entre los órganos públicos y el cooperativismo debe reformularse para
fomentar un mayor apoyo y desarrollo de estas organizaciones, especialmente en
regiones rurales. La legislación chilena debería contemplar herramientas que
permitan manifestar adecuadamente la política de responsabilidad social de las
cooperativas, como el balance social.
Es
fundamental que la legislación chilena avance en la creación de leyes que
promuevan la economía social y sostenible, y que brinden apoyo financiero a
proyectos socialmente responsables de forma integrada. A pesar de los desafíos,
existen avances en materias como inclusión, igualdad laboral, sostenibilidad y
cuidado del medio ambiente. Sin embargo, en Chile, el cooperativismo no recibe
suficiente apoyo público y no se promueve como un agente económico efectivo independientemente
de su enfoque socialmente responsable.
Es
fundamental mejorar la legislación cooperativa en Chile (Alcalde,
2013, p. 496), integrando el principio de responsabilidad social como un
aspecto central de la regulación. Asimismo, es necesario desarrollar modelos
cooperativos adaptados que aborden las necesidades de grupos históricamente
marginados y que satisfagan las demandas sociales. Para evaluar el avance en
materia de responsabilidad social, se deben emplear herramientas como el
balance social y establecer una base de datos accesible para los entes
gubernamentales. Los organismos estatales tienen que implementar una política
pública que promueva la educación sobre los modelos cooperativos y estimule la
investigación en este ámbito.
Los
avances responsables de empresas como Capel, Colun, Coopeumo y Unaf, que han surgido
como impulsores del desarrollo rural en Chile, son ejemplos que demuestran el potencial
del cooperativismo en el país, especialmente en las zonas rurales. Sin embargo,
es fundamental que estas estrategias de desarrollo estén alineadas con el
cuidado del medio ambiente y el compromiso social. Es esencial regular la
economía social y sostenible, estableciendo normativas claras y ofreciendo
incentivos para que las empresas y cooperativas adopten prácticas responsables
sin desincentivar la inversión económica.
A
pesar de estos logros, la mayoría de las nuevas cooperativas agrarias son de
pequeña escala y carecen de estrategias claras para su crecimiento empresarial,
además de presentar debilidades en su estructura organizativa. Por otro lado,
la participación de las cooperativas pesqueras aún está en una fase inicial (Croley, 2023).
Según
lo establecido en el artículo 32 del D.F.L. Núm. 5 del año 2003, en las
cooperativas, la responsabilidad de los socios se limita al monto de sus cuotas
de participación. Además, el precepto 65 indica que las cooperativas agrícolas
y campesinas se centran en actividades como la compra, venta, distribución,
producción y transformación de bienes, productos y servicios vinculados con la
actividad silvoagropecuaria y agroindustrial. Estas cooperativas operan
principalmente en áreas rurales y tienen como objetivo mejorar el rendimiento
de la actividad agrícola, así como promover el desarrollo social, económico y
cultural de sus socios, según lo establecido en la (Ley eneral
de Cooperativas del año 2003).
En
el apartado 68 se define a las cooperativas de servicio como aquellas cuyo fin
es distribuir bienes y ofrecer una variedad de servicios, principalmente a sus
socios, con el propósito de mejorar sus condiciones ambientales y económicas,
así como satisfacer sus necesidades familiares, sociales, ocupacionales o culturales.
Además, en el artículo 70 se establece que las cooperativas escolares tienen
como objetivo proporcionar útiles escolares o servicios que contribuyan al
desarrollo cultural, social y físico de la comunidad educativa, reafirmando así
su naturaleza y su relación con fines sociales (Ley general de cooperativas,
2003). El avance hacia la
consolidación de la responsabilidad social corporativa en las cooperativas
chilenas implica superar desafíos legislativos, financieros y de promoción,
promoviendo un enfoque integral que refleje los principios y valores del
cooperativismo en beneficio de la sociedad y el medio ambiente.
En
cuanto a los avances en materia de responsabilidad social corporativa (RSC) en
el sector cooperativo, se observa un creciente reconocimiento de su
importancia. Se han implementado diversas iniciativas dirigidas a promover la
igualdad de género, la inclusión social, el desarrollo sostenible y la gestión
ambiental. Por ejemplo, se han establecido mandatos que garantizan el acceso
equitativo al empleo para las mujeres y reservas de cuotas laborales para personas
con discapacidad. Además, se han implementado prácticas orientadas hacia la
sostenibilidad y el cuidado del medio ambiente, como el reciclaje y el
tratamiento de residuos.
Una
de estas iniciativas es la implementada a partir de la entrada en vigor de la
Ley 20 920 del año 2016 (Ley 20.920, 2016) y su Reglamento (Decreto
8 Reglamento, 2017), que establecen el marco para la gestión de residuos,
la responsabilidad extendida del productor y el fomento al reciclaje. Sin
embargo, este sistema de responsabilidad extendida del productor (REP) puede
ser muy criticado por la efectividad y equidad de su implementación. Si bien
busca que los fabricantes asuman la responsabilidad de gestionar y financiar
los residuos de sus productos, puede plantear desafíos significativos en la
práctica.
Por
ejemplo, podría argumentarse que la carga de responsabilidad recae de manera
desproporcionada en los fabricantes, especialmente en aquellos de productos
prioritarios que generan grandes volúmenes de residuos. Esto podría resultar en
una carga financiera excesiva para ciertas empresas, especialmente para las
pequeñas y medianas empresas que podrían tener dificultades para cumplir con
los requisitos de gestión de residuos establecidos por la Ley.
Además,
podría cuestionarse si el sistema de REP realmente fomenta la prevención y
reducción de residuos, o si simplemente traslada la responsabilidad de la
gestión de residuos a los fabricantes sin abordar las causas subyacentes del
problema de los residuos. Es posible que se necesiten medidas adicionales, como
incentivos para la producción sostenible y la reducción de residuos en la
fuente, para abordar eficazmente el problema de los residuos en el país.
No
obstante, persisten desafíos significativos. El movimiento cooperativo enfrenta
dificultades para acceder a fuentes de financiación más allá del crédito
bancario, lo que limita su capacidad de implementar iniciativas de
responsabilidad social de manera efectiva. La falta de apoyo gubernamental y la
escasa promoción del cooperativismo como un agente económico relevante también
representan obstáculos importantes.
El
Estado, a través de diversas administraciones, ha promovido el desarrollo
cooperativo al facilitar los trámites de constitución, ofrecer incentivos
tributarios y proporcionar herramientas de apoyo al crecimiento. Aunque estos
esfuerzos han sido significativos, se requiere una institucionalidad más sólida
que reduzca la fragmentación, integre a diferentes actores públicos y privados,
aborde las brechas pendientes, coordine las acciones estatales y evite la
duplicación de esfuerzos. Todo ello con el objetivo de trazar una hoja de ruta
a largo plazo para fortalecer el cooperativismo en Chile.
3.
Conclusiones
El
principio de responsabilidad social es un principio que ha evolucionado desde
el siglo XIX y que tiene aplicabilidad en todos los agentes económicos,
especialmente en las cooperativas, que representan modelos asociativos
socialmente responsables. A lo largo del tiempo, este principio ha pasado de
contribuciones individuales y religiosas a un compromiso institucionalizado de
las empresas y cooperativas con su entorno.
En
España, la responsabilidad social está positivizada y respaldada por
consideraciones constitucionales, lo que ha permitido un sólido desarrollo
legislativo y una estructura estatal que promueve la responsabilidad social.
Las cooperativas cuentan con un marco normativo robusto y mejores indicadores
macroeconómicos.
En Chile,
el movimiento cooperativo ha experimentado altibajos, pero se observan avances
legislativos en materia laboral y ambiental. La existencia del Consejo de
Responsabilidad Social para el Desarrollo Sostenible es vital para promover la
responsabilidad social en las empresas y cooperativas, aunque aún falta un
mayor impulso estatal y una legislación más sólida en materia de cooperativismo
y responsabilidad social. Es necesario una mayor integración de la
responsabilidad social en el sector cooperativo, especialmente en áreas como la
igualdad de género, la inclusión social y el desarrollo sostenible.
Para
avanzar, se requiere mejorar la legislación cooperativa, consagrando la
responsabilidad social como eje articulador, promoviendo modelos cooperativos
diferenciados con iniciativa social y estableciendo instrumentos como el
balance social. También es necesario fortalecer las relaciones entre los
órganos públicos y el cooperativismo, promover la educación sobre modelos
cooperativos y establecer incentivos para la investigación en este ámbito.
El
cooperativismo chileno debe continuar orientándose hacia la armonización de sus
actividades con el medio ambiente y el compromiso social. En última instancia,
es fundamental regular aspectos como la economía social y sostenible,
estableciendo normativas claras y progresivas, con el fin de promover un
desarrollo económico responsable en el contexto actual.
Para
avanzar en la consolidación de la responsabilidad social corporativa en las
cooperativas chilenas, es esencial promover de manera más efectiva la
responsabilidad social en estas entidades, incluyendo formas asociativas
especiales para grupos históricamente excluidos. Se requiere establecer una
relación más estrecha y colaborativa entre el gobierno y las cooperativas para
impulsar su desarrollo y respaldar sus iniciativas de responsabilidad social.
La institucionalidad en el sector cooperativo debe mejorar con la nueva
creación del Instituto Nacional de Asociatividad y Cooperativismo. Además, es
necesario proporcionar incentivos y apoyo financiero a las cooperativas para
que puedan implementar prácticas responsables sin desincentivar la inversión
económica.
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