De los bienes adquiridos por un concubino a costa del esfuerzo o caudal común

Autores/as

  • Raúl Anido Bonilla Universidad de Montevideo, Uruguay

Palabras clave:

Bienes, Derecho civil, Jurisprudencia, Sociedad conyugal, Unión concubinaria

Resumen

En el capítulo “Reconocimiento judicial de la Unión Concubinaria” de la ley 18246, por el que se dictan normas relativas a la unión concubinaria, en artículo 5º, bajo el acápite “Objeto y sociedad de bienes”, se dispone que “la declaratoria de reconocimiento judicial del concubinato tendrá por objeto determinar, junto a la fecha de comienzo de la unión, “la indicación de los bienes que hayan sido adquiridos a expensas del esfuerzo o caudal común para determinar las partes constitutivas de la nueva sociedad de bienes.”

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Publicado

2017-06-01

Cómo citar

Anido Bonilla, R. (2017). De los bienes adquiridos por un concubino a costa del esfuerzo o caudal común. Revista De Derecho, 16(31), 131–166. Recuperado a partir de https://revistas.um.edu.uy/index.php/revistaderecho/article/view/455

Número

Sección

Jurisprudencia comentada