Convenio de CIADI

¿protección efectiva de los inversores o tan solo aparente?. Denuncia de los estados parte y sus consecuencias.

Autores/as

DOI:

https://doi.org/10.47274/DERUM/38.5

Palabras clave:

Arbitraje, Arbitraje de inversión, CIADI, Denuncia de los Estados miembros, Protección a inversores

Resumen

El CIADI es una de las instituciones dedicadas a la resolución de disputas relativas a inversiones más reconocidas del mundo. La Convención CIADI, que le da origen y regula el funcionamiento del Centro, fue creada con el fin de proteger a los países signatarios y a sus inversores. Sin embargo, hoy en día se evidencia una debilidad en su regulación que podría poner en duda el sistema en su totalidad. Por ese motivo, resulta necesario un análisis y eventualmente una reforma de ciertas disposiciones de la Convención de modo que el sistema pueda efectivamente cumplir con su objetivo: proteger tanto a los inversores como a los países signatarios.

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Citas

Jurisprudencia

ADC Affiliate Limited y ADC & ADMC Management Limited c/. Hungría, (Caso CIADI No. ARB/03/16). Laudo del 2 de octubre de 2006. Tribunal arbitral compuesto por Hon. Charles Brower, Albert Jan van den Berg y Neil Kaplan (Presidente). TBI aplicable: Chipre – Hungría.

Azurix Corp. c/. Argentina, (Caso CIADI No. ARB/01/12). Laudo del 8 de diciembre de 2013. Tribunal arbitral compuesto por Andrés Rigo Sureda (Presidente), Elihu Lauterpacht y Daniel H. Martins. TBI aplicable: Estados Unidos – Argentina.

Blue Bank International & Trust (Barbados) Ltd c/ Venezuela (Caso CIADI Nº ARB12/20). Laudo de fecha 26 de abril de 2017. Tribunal arbitral compuesto por Christer Söderlund, (Presidente), George Bermann, y Loretta Malintoppi. TBI aplicable: Barbados – Venezuela.

Fábrica de Vidrios Los Andes, C.A. y Owens-Illinois de Venezuela, C.A. c/ Venezuela (Caso CIADI Nº ARB/12/21). Laudo de fecha 13 de noviembre de 2017. Tribunal arbitral compuesto por Hi-Taek Shin (Presidente), Yves Fortier y Zachary Douglas. TBI aplicable: Estados Unidos – Venezuela.

E.T.I. Euro Telecom International N.V. c/ Bolivia. (Caso CIADI N° ARB/08/28). Resolución de la Corte de Apelaciones de Inglaterra del 22 de julio del 2008.

Inversión y Gestión de Bienes, IGB, S.L. and IGB18 Las Rozas, S.L. c/ España. (Caso CIADI N° ARB/12/17). Tribunal arbitral compuesto por Rodrigo Oreamuno Blanco. Laudo de fecha 14 de agosto del 2015. TBI aplicable: Costa Rica - España

Lanco International Inc. c/. Argentina, (Caso CIADI No. ARB/97/6). Laudo del 8 de diciembre de 1998. Tribunal arbitral compuesto por Bernardo M. Cremades (Presidente), Guillermo Aguilar Álvarez y Luiz Olavo Baptista. TBI aplicable: Estados Unidos – Argentina.

Philip Morris Brands Sàrl, Philip Morris Products S.A. and Abal Hermanos S.A. c/ República Oriental del Uruguay (Caso CIADI No. ARB/10/7). Tribunal arbitral compuesto por Piero Bernardini (Presidente), Gary Born, James Crawford..TBI aplicable: Suiza – Uruguay.

Quiborax S.A. Non metallic Minetals. S.A. and Allan Fosk Kaplun c/ Bolivia (Caso CIADI Nº ARB/06/2). Laudo de fecha 16 de setiembre del 2015. Tribunal arbitral compuesto por Gabrielle Kaufmann-Kohler (Presidente), Marc Lalonde, Brigitte Stern. TBI aplicable: Chile – Bolivia.

Venoklim Holding B.V. c/ Venezuela. (Caso CIADI N° ARB/12/22). Laudo de fecha 3 de abril de 2015. Tribunal arbitral compuesto por Enrique Gómez Pinzón (Presidente), Rodrigo Oreamuno Blanco, Yves Derains. TBI aplicable: Holanda – Venezuela.

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Publicado

2020-12-15

Cómo citar

Vilaseca, L., & Ollero, M. (2020). Convenio de CIADI: ¿protección efectiva de los inversores o tan solo aparente?. Denuncia de los estados parte y sus consecuencias. Revista De Derecho, 19(38), 85–97. https://doi.org/10.47274/DERUM/38.5

Número

Sección

Doctrina