Reflexiones sobre la nueva convención de las Naciones Unidas sobre los acuerdos de transacción internacionales resultantes de la mediación (“Convención de Singapur”)

Autores/as

DOI:

https://doi.org/10.47274/DERUM/37.4

Palabras clave:

Mediacion, Singapur, Acuerdos, Conciliación, Arbitraje

Resumen

En el presente artículo se analizarán los motivos que justificaron la creación de la Convención de Singapur, y se concluirá positivamente sobre las consecuencias que esta puede tener. En particular, se abordará la naturaleza de los acuerdos, sus efectos, los requisitos para su validez, su ejecutabilidad, y las causales que ameritan la denegación de medidas contenidas en el acuerdo. Asimismo, se evaluará el vínculo que tiene con la Convención de Nueva York, y las relaciones entre los acuerdos de mediación y los tribunales estatales. En adición a ello, se concluirá sobre la repercusión que pueda tener el instrumento a nivel global, y su eventual incidencia en el campo de los métodos de resolución de disputa alternativos.

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Publicado

2020-07-01

Cómo citar

Tasende Iturvide, I. J. (2020). Reflexiones sobre la nueva convención de las Naciones Unidas sobre los acuerdos de transacción internacionales resultantes de la mediación (“Convención de Singapur”). Revista De Derecho, 19(37), 71–91. https://doi.org/10.47274/DERUM/37.4

Número

Sección

Doctrina