Responsabilidad civil por lesión al derecho de honor en redes sociales
Keywords:
Derechos de Honor, Redes Sociales, Responsabilidad CivilAbstract
Con la aparición y auge de las redes sociales se ha producido una importante transformación: lo que antes necesitaba ser impreso en un medio de comunicación, ahora, en un instante, puede ser difundido y convertirse en viral a través de las redes sociales.
Como resultado, se han multiplicado las voces, lo cual se corresponde con la preocupación del constituyente para garantizar la libertad de expresión1, pero ello ocurre en detrimento de otros derechos, como el derecho al honor o a la intimidad, también protegidos constitucionalmente2, circunstancia que resulta agravada si se consideran las nocivas posibilidades de expansión y difusión de las publicaciones que se realizan en redes sociales.
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References
BERTONI, EDUARDO ANDRÉS. NEW YORK TIMES VS. SULLIVAN y Libertad de prensa y derecho penal, 1997: 121-151.
CASTRO, RAMIRO. “El daño moral y su contradicción” en Doctrina y jurisprudencia de Derecho Civil, FCU V, no. V (2017).
COSTAS RODAL, LUCÍA. “Ponderación entre derechos fundamentales en conflicto: información y el honor y la intimidad” en Aranzadi civil-mercantil. Revista Doctrinal 1, no. 11. 2014
GAMARRA, JORGE. Tratado de Derecho Civil Uruguayo, T XIX. Montevideo, FCU,2000.
HERRERA DE LAS HERAS, RAMÓN. Responsabilidad Civil por vulneración del derecho al honor en las redes sociales. Madrid, REUS,2017.
HOWARD, WALTER. Derechos de la Persona. Vol. I. Montevideo, UM, 2016.
JIMÉNEZ DE ARÉCHAGA, JUSTINO. La Constitución Nacional II. Montevideo, Medina, 1946.
LAMAS, DANIEL. Derechos de la personalidad y explotación de la apariencia humana. Montevideo, Cikato Abogados, 2004.
LANGÓN, MIGUEL. Código Penal Uruguayo y leyes complementarias. Comentados. Montevideo, UM, 2016.
NICOLA TRÍAS, JOSÉ LUIS. “Responsabilidad civil del medio de prensa por difusión de información” en LJU Tomo 153, 2016.
O ‘CALLAGHAN MUÑOZ, X. Derecho al Honor, Centenario del Código Civil. Asociación de Profesores de Derecho Civil, Madrid, 1990.
ORTEGA. Libertad de Expresión y libertad de información en la jurisprudencia del Tribunal Constitución. Fundación Ciudadanía y Valores, Madrid, 2013.
PALMER, ALUN. Tweet revenge: Tory to sue 10,000 Twitter users who branded him a paedo. www.mirror.co.uk. Noviembre 19, 2012. Consultado el 3 de junio de 2018 en https://www.mirror.co.uk/news/uk-news/lord-mcalpine-to-sue-10000-twitter-1444634.
PAÑOS PÉREZ, ALBA, “Sentencia del 18 de febrero de 2013. La ponderación entre la libertad de expresión e información y el derecho a la intimidad personal y a la propia imagen” en Cuadernos Civitas de jurisprudencia civil, no. 95 (2014): 13-34.
ROCHA, CAROLINA; ÁLVAREZ, PILAR, “Límites internos del derecho a informar” en Revista de Derecho, Nº 25, 2014.
SZAFIR, DORA; VENTURINI, BEATRIZ, “Culpa civil y culpa penal. Conveniencia de la solución aportada por el art. 29 CPP” en Anuario Derecho Civil Uruguayo, XIX, 1989.
SZAFIR DORA; CARNELLI, SANTIAGO, Daño Moral. Cuadernos del Anuario de Derecho Civil Uruguayo. Montevideo, FCU, 2014.
Twitter. Twitter.com. Twitter.com. mayo 18, 2015. https://twitter.com/es/tos/previous/version_9.
VENTURINI, BEATRIZ, “Diez años de jurisprudencia en materia de responsabilidad civil de los medios masivos de comunicación” en Doctrina y jurisprudencia de derecho civil, III, 2015.
VENTURINI, BEATRIZ, El daño moral. Montevideo, FCU,1989.
VENTURINI, BEATRIZ, Responsabilidad civil de los medios masivos de comunicación en Uruguay. Montevideo, FCU,1999.